
El Tribunal Supremo ha confirmado que las Ingenierías técnicas y Grados no pueden optar a las plazas A1 en las Administraciones Públicas. Estas sentencias detallan que para acceder a estas plazas es necesario disponer del título habilitante correspondiente, bien sea el título universitario de ingeniería superior del marco académico anterior, o el actual título habilitante de Máster Universitario en Ingeniería de la correspondiente rama.
El Tribunal ha reconocido también, que no existe disputa alguna sobre la superior exigencia formativa que acreditan los títulos de Ingeniería y másteres habilitantes en Ingeniería frente a los títulos de Ingeniería Técnica y de Grado.
Para el Consejo General de Ingenieros en Informática de España (CCII), esta sentencia supone un paso adelante en el reconocimiento de la profesión. Desde el CCII confían en que esta sentencia sea una motivación también para aquellas personas que han estudidado la Ingeniería técnica o el Grado y que se estén planteando hacer el máster habilitante para conseguir la categoría de grupo A1.
En definitiva, todo esto supone una oportunidad para homogeneizar el conjunto de las ingenierías, donde la Ingeniería en Informática cobra cada vez más peso en una sociedad digitalizada en la que las administraciones públicas han de ser tractoras e imagen del cambio de modelo productivo.