EJERCICIO PROFESIONAL DE LA INGENIERÍA INFORMÁTICA
Una parte esencial de la misión del Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería Informática CCI consiste en la ordenación del ejercicio de la profesión a nivel nacional y en su caso internacional.
Es decir, como se deben desempeñar las actividades profesionales propias de la ingeniería informática.
Es decir, como se deben desempeñar las actividades profesionales propias de la ingeniería informática.
El ejercicio profesional está determinado por:
Elementos obligatorios
Normativa legal con incidencia en la ingeniería informática:
Condiciones legales establecidas para el ejercicio de determinadas actividades profesionales (regulación profesional) y de las enseñanzas universitarias asociadas con la profesión (regulación académica)
Legislación:
Resto de normativas legales que inciden en alguna vertiente del desempeño de la actividad profesional informática o en la concepción de servicios o productos informáticos.
Estos elementos obligatorios pueden referenciarse conjuntamente como regulación de los productos, servicios y actividades informáticas
Elementos no obligatorios
Condiciones, procedimientos y criterios técnicos y profesionales establecidos en el ámbito la ingeniería informática:
Estándares:
UNE/AENOR, CCII, CEN, ISO…
Deontología y ética profesional
Marco Profesional Europeo:
Iniciativa European ICT professionalism Framework y su evolución.
Adicionalmente, se detalla la especificación de las competencias correspondientes a la ingeniería informática, y una muestra de la labor de defensa de la profesión de ingeniería informática por parte de nuestra organización colegial.
UNE/AENOR, CCII, CEN, ISO…
Deontología y ética profesional
Marco Profesional Europeo:
Iniciativa European ICT professionalism Framework y su evolución.
Adicionalmente, se detalla la especificación de las competencias correspondientes a la ingeniería informática, y una muestra de la labor de defensa de la profesión de ingeniería informática por parte de nuestra organización colegial.